Los juzgados ponen fin a 5 años de contratos a dedo de Alcaldía de Ourense vía "adscripción provisional"
 
Los juzgados ponen punto y final a la cobertura a dedo desde Alcaldía de Ourense de plazas del Concello cubiertas hasta ahora por "adscripción provisional". El Contencioso número 1 da de plazo al Concello 3 meses para sacarlas a concurso, dando, con ello, la razón a UGT. Lo mismo que en el caso de los 7 bomberos en prácticas a lo que el Concello pagó sólo una parte de lo que tenían que cobrar
 
 
 
 
 
10 de DICIEMBRE de 2013: OURENSE DIXITAL

En el plazo de 3 meses, el Concello de Ourense deberá convocar el concurso de traslados para cubrir las plazas que actualmente se están ocupando por "adscripción provisional".
Así lo establece una sentencia del Juzgado del Contencioso número 1 de Ourense, que da la razón a la central sindical UGT en detrimento de los argumentos del Concello sostenidos por la Concellería de Recursos Humanos.

UGT ha venido reclamando desde hace 5 años, desde 2008, la celebración de un concurso de traslados para cubrir estas plazas, que actualmente están cubiertas "vía decreto de Alcaldía".
Ahora, el Contencioso valida los argumentos de la central sindical socialista y obliga al Concello a convocar concurso y completar el proceso en el plazo máximo de 3 meses.
UGT advierte al Concello de que, de no cumplir esta sentencia, pedirá su ejecución vía judicial para defender y hacer cumplir a la administración local los derechos de los trabajadores.

Así mismo, el Juzgado de lo Contencioso número 2 de la ciudad también ha dado la razón a este sindicato y obliga al Concello a abonar a 7 bomberos de al ciudad, la diferencia entre lo salarios percibidos en su momento y lo que realmente tendrían que haber recibido en dicho concepto.
El Contencioso estima también los argumentos de la central sindical de que los trabajadores tenían que haber cobrado lo que le corresponde por el trabajo desempeñado en el período liquidado, independientemente de que estuvieran o no en período de prácticas.
El fallo hace prevalecer sobre tal extremo el hecho de que el trabajador haya de cobrar por el trabajo desempeñado.

 
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