El TSXG anula el auto del Mercantil de Ourense por ser lesivo para los trabajadores de Construcciones Carrajo
 
 
Se privó a la plantilla de derechos en la ejecución del ERE que ni la empresa observó ni el Mercantil de Ourense tuvo en cuenta, por lo que el Superior de Xustiza de Galicia anula el auto de la Sala ourensana
 
 
 
(ARCHIVO)
17 de Julio de 2019: OURENSE DIXITAL

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha declarado la nulidad del auto de la jueza del Mercantil de Ourense, por el que en su día declaraba extintas las relaciones laborales de todos los trabajadores de la empresa Construcciones Carrajo, S.A. de Verín. De momento no hay tal, señala el alto tribunal gallego, al estimar el recurso de la central sindical CIG y declarar la violación del derecho a la defensa de los trabajadores y trabajadoras de esta empresa.

La Sala de lo Social del TSXG ordena que se reponga la situación de los trabajadores y las actuaciones al momento anterior al auto de extinción del Mercantil que ahora anula, por lo que habrá de otorgarse a la plantilla de Construcciones Hermanos Carrajo, S.A. lo que no se les otorgó durante el proceso judicial correspondiente a su ERE. Y así, tendrá que darse la audiencia previa para que los trabajadores y trabajadoras puedan ejercer su defensa. La CIG, que evalúa "positivamente" la resolución judicial del Superior de Xustiza de Galicia, incide en que lo que va transcurrido desde enero pasado hasta que se dicte un nuevo auto, habrá que pagarlo a los trabajadores como si hubieran estado trabajando por ser "salarios de tramitación contra a masa".

En próximas fechas, anuncia la CIG que se pondrá en contacto con el Administrador Concursal de Construcciones Crrajos, S.A., para solicitarle formalmente que se rehagan los certificados de deuda a los trabajadores de la plantilla incluyendo los salarios devengados desde enero hasta la fecha actual.

 
 
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