La Xunta restringe la movilidad en Ourense y Barbadás y mantiene el veto a las reuniones de no convivientes

A partir del jueves solo está permitido entrar y salir de Ourense y Barbadás por cuestiones laborales, educativas y sanitarias

   
6 de Octubre de 2020: OURENSE DIXITAL

La Consellería de Sanidade restringe la movilidad en los concellos de Ourense y Barbadás, según lo decidió a última hora de la tarde de este martes el Comité Clínico a tenor de la evolución del contagio de Covid-19 en estos concellos. La medida fue avanzada a pasadas las 9 de la tarde de este martes, y entrará en vigor con las cero horas del jueves es decir, a las 12 de la noche de este miércoles.

El Comité dice considerar necesario reforzar las medidas de prevención para "contener los contagios y evitar su propagación más allá de esas zona". La medida supone que "queda restringida la movilidad en los concellos de Ourense y Barbadás, por lo que sus habitantes no podrán desplazarse fuera de ellos excepto por motivos laborales, educativos o sanitarios".

 

Queda prohibido servir en el interior de bares y cafeterías

En ambos concellos, Ourense y Barbadás, se aplicarán las medidas de nivel 3, por lo que estará prohibido que bares y cafeterías sirvan en su interior. Se limitarán a servir en las terrazas, con un máximo de 5 personas por grupo. Los restaurante sí podrán servir en su interior, pero no a más de 5 personas en cada mesa.

 

La comarca de O Carballiño, Allariz, Verín y O Barco en nivel 2 y sin reuniones de no convivientes

Se amplía la medida de prohibir las reuniones de personas no convivientes (hasta ahora vigente solo en Ourense) a toda la comarca de O Carballiño, Verín y O Barco de Valdeorras, además de Barbadás.

Entran en nivel 2 los concellos de la comarca Carballiñesa, O Ribeiro, Allariz, Verín y O Barco. Esto quiere decir que se limitan los aforos al  50% en los establecimientos comerciales, restaurantes y toda la hostelería, en los que además queda prohibido el consumo en barra, así como en bibliotecas, academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada. El número máximo de personas en las reuniones tanto privadas como en lugares públicos será de 10, y se reducen los aforos en celebraciones, velatorios y lugares de culto.

 
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