Se repone la actividad en todos los órganos de concellos y diputaciones, hasta ahora paralizada

Cualquier reunión tendrá que ser a distancia, pero es válido cualquier soporte tecnológico que garantice la participación, el debate y la votación. Ya se pueden celebrar plenos y comisiones informativas

   
(ARCHIVO)
6 de Abril de 2020: OURENSE DIXITAL

Concellos y diputaciones provinciales "ya pueden convocar y celebrar sesiones de sus órganos colegiados y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos". Así lo recuerda la Delegación del Gobierno en Galicia a las administraciones locales y provinciales, una vez que en la medida aprobada la semana pasada por el Consejo de Ministros, se aprobó a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública una modificación en tal sentido en la Ley correspondiente.

De este modo, una vez que la Ley "se ha adaptado a exigencias graves", la Delegación del Gobierno recuerda a los 92 concellos de esta provincia así como a la Deputación Provincial, que se pueden celebrar las reuniones de órganos colegiados, como plenos o comisiones, si bien de forma telemática. Es condición indispensable, según establece el nuevo apartado 3 del artículo 47 de la Ley de nueva redacción, que aquellos que participen "se encuentren en territorio español y que quede acredita su identidad". Se debe asegurar que la comunicación entre los asistentes a cualquier pleno, sesión o reunión se produzca en tiempo real.

De este modo, siempre que se logre una mínima interacción entre, por ejemplo, los concelleiros que tomen parte en una sesión plenaria, la actividad municipal no tiene por qué seguir paralizada. La modificación de la Ley valida las videoconferencias, audioconferencias "y sistemas tecnológicos audiovisuales que garantices adecuadamente la seguridad tecnológica, la efectiva participación de sus miembros, la validez del debate y la votación de los acuerdos que se adopten".

 
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