El Concello deriva a Catastro la responsabilidad del incremento catastral en la ciudad
 
 
Nada puede hacer el Concello, que incluso está obligado a recaudar para Hacienda, sino es hacer posible el pago aplazado fraccionado de los recibos, se indica
 
   
 
 
9 de Octubre de 2018: OURENSE DIXITAL

El incremento catastral aplicado en la capital ourensana por el Estado es imparable y nada puede hacer el Concello de Ourense en lo que a los valores estipulados e incrementos aplicados respecta. El Gobierno municipal aclara que nada puede hacer al respecto más de lo que ya ha hecho, rebajar el IBI, el Impuesto de Bienes Inmuebles, un 10% en 2018 y otro tanto el año que viene, 2019. Al margen de esto, los incrementos aplicados y las cantidades devengadas que se reclaman ahora con, incluso, efectos retroactivos, provienen de Hacienda y no son ni responsabilidad ni competencia del Concello de Ourense. En síntesis, es lo que viene a precisar al respecto el Concello de Ourense en una nota emitida al respecto este martes.

Ha sido el Servicio de Catastro el que ha llevado a cabo la actualización y regularización de los valores catastrales de los bienes inmuebles existentes en esta ciudad. Ello es lo que provoca que la base de aplicación del impuesto varíe, con los consiguientes incrementos objeto de protesta ahora por muchos ourensanos —lo que ha ocurrido y está ocurriendo en otros concellos de esta provincia—. Caben reclamaciones en caso de que la regularización aplicada no se considere procedente, pero la vía para ello es el Servicio de Catastro. El Concello indica que, incluso, no es que no quiera sino que puede hacer otra cosa que no sea recaudar el IBI como se le indica: es un impuesto de gestión compartida, "unha parte do tributo fíxaa o Ministerio de Hacienda e a outra depende do Concello", señala al respecto.

¿Qué puede hacer y hará el Concello de Ourense? Poner a disposición de aquellos afectados que no puedan asumir dicha revisión catastral el pago aplazado o fraccionado de los recibos. Para ello, habrán de acudir al Servizo de Facenda del Concello y tramitar cualquiera de las dos modalidades, el pago aplazado o el pago fraccionado de los recibos. Todo lo que no sea lo relativo al abono de las cantidades indicada compete, exclusivamente, al Servicio de Catastro del Estado, señala el Gobierno municipal.

 
 
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