Un juez ordena al Concello de Ourense permitir ocupar dominio público municipal para instalar un ascensor
 
Aún cabe recurso en el plazo de 15 días. La sentencia del magistrado de Cominges Cáceres es pionera con una decisión judicial en tal sentido
 
 
 
 
 
14 de MAYO de 2018: OURENSE DIXITAL

En una sentencia pionera, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Ourense ha condenado al Concello de esta ciudad a aceptar ocupación de dominio público municipal para que unos vecinos puedan instalar un ascensor por la fachada de su edificio. El titular de este juzgado se asegura de que lo expuesto en la demanda por la Comunidad de Propietarios de la calle Vasco Díaz Tanco, número 13 de esta ciudad, es cierto en que "buena parte de los vecinos son personas mayores con problemas de movilidad, resultándoles de gran dificultad subir y bajar andando por las escaleras, por lo que resulta imperiosa la instalación urgente del ascensor".

Como quiera que "el edificio no dispone de patio interior, y que no resulta viable la ejecución del elevador por la caja de escaleras, por lo que solo cabe su instalación por la fachada exterior, el magistrado Francisco de Cominges Cáceres ordena al Concello de Ourense a aplicar la normativa estatal de accesibilidad que contempla "supuestos excepcionales" como, entende el titular del 1 del Contencioso-Administrativo, es este caso. E indica la sentencia que, si bien "es cierto que, como afirmó el arquitecto municipal en su declaración testifical, técnicamente es posible ejecutar el ascensor atravesando las viviendas (el desarrollo actual de la ciencia arquitectónica permite realizar prácticamente cualquier tipo de obras en edificaciones preexistentes)", también lo es "que la complejidad, entidad y coste de la obra (a la que habría que añadirle la expropiación de las viviendas afectadas y del local de la planta baja) resultan desproporcionados".

Cabe todavía recurso de apelación por cualquiera de las partes, para lo que se establece un plazo de 15 días ante este mismo Juzgado.

 
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