Las pantallas gigantes de la ciudad están fuera de toda normativa, señala el SPPME, que pide su inmediata retirada
 
Las 4 pantallas gigantes que autoriza el Gobierno de la ciudad están fuera tanto de la normativa de Tráfico como de la Ordenanza de Publicidade del propio Concello, afirma el Sindicato Profesional de la Policía Local
 
 
 
 
 
 
16 de ABRIL de 2018: OURENSE DIXITAL

Dando por seguro que alterarán la normalidad de la conducción y del tránsito de peatones como que vulneran la legalidad, el Sindicato Profesional de Policía de Ourense pide al Gobierno municipal que retire "máis pronto que tarde" las cuatro pantallas gigantes que se hallan ya instaladas en la ciudad. No cumplen la normativa al respecto, además de que serán causa de accidentes de tráfico en aquellos puntos en los que se hallan instaladas, lo mismo que de problemas para los peatones. El SPPME califica de "aberración" la instalación de dichas pantallas, y afirma que "son un potencial risco para a seguridade tanto dos condutores como dos viandantes".

Pero además incumplen diversa normativa establecida al respecto. Según el SPPME, la propia Ley de Tráfico ya que "en ningún caso ven recollido este tipo de paneis cunha altura de cerca de tres metros". Y alude al RDL 6/205 que prohíbe la utilización de monitores y aparatos de reproducción de imágenes en la vía pública "debido ao risco que supón para manter o campo de visión necesario".

 

Incumplen la propia Ordenanza municipal y el Concello autoriza en viales que no son suyos

Pero además, la instalación de este tipo de artilugios contraviene la Ordenanza de Publicidade del propio Concello de Ourense, según afirma el SPPME. Dicha Ordenanza prohíbe la instalación de vallas publicitarias y confluencias de vías principales, "e se se instalan equipos luminosos, estes non poderán producir deslumbramentos, inducir a confusión", señala  el Sindicato Profesional de la Policía Local de Ourense.

Por último, este sindicato alude al hecho de que se han instalado dos de estas señales en vías "das que non é titular o Concello", cuando, añade el SPPME, "o propio regulamento de circulación recolle que será o titular da vía o encargado da instalación das mesmas". Sin embargo, cabría la posibilidad de que el Concello no sólo autorizó la instalación de estas pantallas, sino que incluso expidió la correspondiente licencia con la percepción de las correspondientes tasas municipales pese a no ser el titular de la vía.

 
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