Un informe del asesor jurídico dice que los derechos de los trabajadores subrogados del Concello de Ourense son los de cualquier empresa
 
Un informe del asesor jurídico del Concello de Ourense establece que la privatización de servicios municipales deja a las plantillas a merced de la concesionaria. Es decir, que los trabajadores no están cubiertos ante decisiones como la adoptada por Seralia de despedir a 5 de ellos al siguiente día de hacerse con la concesión. Los derechos de los trabajadores subrogados pasan a ser los de cualquier empresa privada y no los del Concello
 
 
 
 
 
 
28 de MAYO de 2014: OURENSE DIXITAL

Un informe del asesor jurídico del Concello de Ourense, Luis Tros de Ilarduya, deja a las plantillas de los servicios del Concello de Ourense externalizados a merced de las empresas que ganen las concesiones de dichos servicios. Cuando estos dejen de ser servicios municipales, los trabajadores subrogados a dichos puestos de trabajo quedarán a criterio de la empresa y a merced, únicamente, del Estatuto de los Trabajadores, el correspondiente convenio y su contrato laboral.

Así lo establece un informe que el Gobierno municipal solicitó en su día y que ahora el asesor jurídico le ha hecho llegar. La solicitud surgió a raíz de los despidos llevados a cabo por la empresa Seralia nada más hacerse cargo de la concesión de la limpieza de locales y edificios municipales.
Seralia despidió a 5 trabajadores de la plantilla de este servicio al día siguiente de hacerse cargo de la concesión, el día 2 de este mes de mayo.

Sindicatos, Comité de Empresa e, incluso, los grupos políticos de la oposición aludieron a que el pliego de condiciones redactado por el Concello de Ourense establecía la subrogación de la plantilla es decir, que la concesionaria tenía que hacerse cargo de los trabajadores.
Tal es así, señala la Asesoría Jurídica del Concello de Ourense, y tal así ocurrió. Pero ocurre también que "la subrogación no tiene su origen en los documentos contractuales", por lo que "la obligación de subrogarse (...) no deriva del contrato mismo sino de las normas laborales".
Y en este caso, explicita el asesor jurídico, "la relación que tiene el empresario con el trabajador es una relación laboral regulada por el Estatuto de los Trabajadores, convenio y contrato laboral, a la que es ajena el Ayuntamiento".

En síntesis: la empresa está obligada a subrogar la totalidad de los trabajadores que conforman la plantilla del servicio que asume. Pero ello no quiere decir que al día siguiente, como hizo Seralia, no pueda hacer los despidos que la normativa laboral vigente le permita hacer.

 
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