El Juzgado de lo Social 3 no ve vulneración del derecho de libertad sindical en el Concello, como denunció USO
 
La jueza del 3 de lo social echa por tierra las reclamaciones de la USO, y establece en una sentencia que en el Concello de Ourense no existe vulneración del derecho de libertad sindical de los trabajadores, y, por otra parte, tampoco se vulneran los derechos de las organizaciones sindicales. La jueza no estima las reclamaciones del sindicato USO.
 
 
 
 
12 de ABRIL de 2011: OURENSE DIXITAL

El Juzgado de lo Social número 3 de los de Ourense ha dictado sentencia favorable al Concello, en la que desestima la demanda interpuesta por la USO en la que solicitaba que se declarara la vulneración del derecho fundamental de libertad sindical por parte de la institución municipal.
No lo entiende así esta Sala de lo social, que concluye que "no presente caso non se aprecia que haxa vulneración da liberdade sindical".

La jueza entiende que el hecho de que alguna dependencia municipal carezca de tablón sindical, "non é suficiente para determinar que haxa unha vulneración da liberdade sindical porque nas dependencias principais existían varios tablóns, os membros da Xunta de Persoal tiñan acceso ao correo electrónico dos traballadores do Concello que tiñan ordenador, e se daba información persoalmente ou se poñían carteis".

En lo tocante al acceso a la información por parte de los sindicatos, a lo que también aludía la demanda de USO, la sentencia establece que "o feito de que houbera cada pouco tempo unha mesa de negociación determinaba que había unha relación fluida entre as partes, negociándose cada cousa bastante, como a Relación de Postos de Traballo".
La jueza concluye que "se debe desestimar a demanda non considerando que o Concello realice unha conduta vulneradora de dereito algún, pois o mero feito de presentar escritos e que non se contesten non ten por qué vulnerar o dereito de liberdade sindical se eses escritos non teñen relación coas funcións dos sindicatos".

 
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