Entró en vigor la nueva Lei de Montes de Galicia que regula todo lo relativo al monte y a la riqueza forestal
 
Entró en vigor este viernes la nueva Lei de Montes de Galicia, "a primeira norma galega con rango de lei que regula todo o relacionado co monte e a riqueza forestal na nosa Comunidade", dice la Xunta de Galicia. La Admininistración autonómica subraya el "alto grado de consenso co sector forestal" con el que se ha hecho, y "unha maior operatividade mediante a clarificación das obrigas e deberes dos distintos actores implicados" en materia de lucha contra los incendios forestales.
 
 
 
 
18 de AGOSTO de 2012: OURENSE DIXITAL

Este viernes entró en vigor la Lei de Montes de Galicia, publicada en el DOG con fecha 23 de julio. "Esta é a primeira norma galega con rango de lei que regula todo o relacionado co monte e a riqueza forestal na nosa Comunidade", señala la Xunta de Galicia al recordar la aplicación de dicha Lei a partir de este 17 de agosto.
Según el Ejecutivo gallego, también son objetivos de la nueva normativa la potenciación de los aprovechamientos del monte y su coordinación con otros usos, el avance en la "correcta" ordenación de los terrenos forestales, la preservación y el fomento de las masas de bosque autóctono, y la reorganización y mejora en la lucha contra los incendios forestales.

La Xunta destaca que el texto legal que entró en vigor este viernes fue tramitado "cun alto grao de consenso co sector forestal, e con vocación de permanencia no tempo". Que se tiene en cuenta el carácter minifundista de la propiedad en Galicia, y que recoge medidas como las sociedades de Fomento Forestal, las SOFOR, dentro de las herramientas de explotación del monte gallego.
"Esta lei responde a unha vella necesidade e demanda do sector e resulta coherente e acaída coas peculiares características do territorio galego, no que o monte e os espazos forestais ocupan máis de dous terzos da superficie total da Comunidade Autónoma", señala el Ejecutivo gallego.

El texto legal de nueva aplicación en materia de montes de Galicia se estructura en un título preliminar y 12 más, y un total de 147 artículos. Incorpora, además, 4 disposiciones adicionales, 14 transitorias, una derogatoria y 6 finales. Y concluye con 2 anexos que relacional las especies forestales de crecimiento lento para determinados efectos de la propia Lei, y las distancias mínimas que deberán cumplir las repoblaciones forestales.

Mayor operatividad en materia de incendios, dice la Xunta

En materia de incendios forestales la Xunta de Galicia subraya que "esta nova norma incorpora unha serie de modificacións da Lei de prevención e defensa que manteñen o seu espírito, pero que organizan distintos aspectos para unha maior operatividade mediante a clarificación das obrigas e deberes dos distintos actores implicados".
Entre dichas mejoras se destaca la reorganización de la planificación preventiva, "definindo outros tipos de franxas de xestión de biomasa e clarificando a administración responsable subsidiaria da súa execución e mantemento e a redución e racionalización das anchuras das franxas de xestión de biomasa, segundo as necesidades reais de defensa ás vivendas illadas, núcleos rurais, campings, novas urbanizacións, industrias, etc".

También sufren modificaciones las prohibiciones de acceso y permanencia en el monte en las épocas de Alto Risco, "sen penalizar aos propietarios nin ás actividades reguladas e controladas".
Así mismo, la nueva Lei permite a la Xunta firmar convenios de colaboración con los concellos para la realización de trabajos preventivos y la gestión de biomasa en parcelas de propietarios desconocidos. Algo que, según la Administración autonómica, la normativa hasta ahora vigente en materia de incendios no permitía.

 
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