Una sentencia del TSXG invalida la revocación de un delegado sindical por una asamblea de trabajadores
 
Una sentencia el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia invalida la deposición de un delegado sindical de la empresa por un acuerdo asambleario de los trabajadores. La sentencia repone al delegado en sus funciones y obliga a la empresa a indemnizar con 6.251 euros al trabajador. Cabe el recurso de casación, pero la CIG pide su ejecución y recuerda que, aunque se recurra, hay que cumplir ya la sentencia
 
 
 
 
 
27 de OCTUBRE de 2011: OURENSE DIXITAL

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia condena a la empresa SUARSESA, titular de la gasolinera ubicada en la A-52 a la altura de Ribadavia, a reponer en sus funciones de delegado sindical al trabajador Miguel Ángel Torres, delegado de la CIG en esta empresa.
Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que a la CIG le consta que la empresa va a ejercer o ejerció ya, pero que no exime a la empresa de cumplir esta sentencia del alto tribunal gallego, según explicó el secretario comarcal de la organización sindical, Etelvino Blanco.

De este modo, recalcó Blanco, "a empresa está obligada a cumprir a sentencia", cosa que no está haciendo, denunció, porque al delegado se le niegan derechos, como las horas sindicales.
Blanco destacó que por esta sentencia el TSXG repone derechos de los trabajadores y de las organizaciones sindicales que varias empresas en esta provincia vienen cuestionando sistemáticamente, así como que la sentencia del alto tribunal gallego corrige el pronunciamiento del número 2 de los juzgados de lo Social de Ourense que en su día no estimaron las alegaciones hechas por la CIG.

Fue, concretamente, cuando el delegado sindical del sindicato fue depuesto de sus funciones por una operación ilegal de la empresa, que consistió en convocar una asamblea de trabajadores para revocar la elección de Miguel Ángel Torres como su delegado sindical. Ello se llevó a cabo con coacciones e intimidaciones a, por los menos, algunos trabajadores. A pesar de que el juzgado de lo Social de Ourense dio por bueno el procedimiento, el Superior de Xustiza de Galicia lo desautoriza, retrotrae la situación a antes de la celebración de esa asamblea, anula el acuerdo y sanciona a la empresa a indemnizar al delegado con 6.251 euros por los daños que le causó.

Etelvino Blanco valoró esta sentencia como "moi positiva", recalcó que "pedimos a execución que se repoña ao compañeiro como delegado", y denunció que "continúa a persecución nesta empresa" que tiene una plantilla de 11 trabajadores.

 
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