El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia legitima actuaciones del alcalde censurado de A Pobra de Trives
 
El TSXG acaba de anular dos acuerdos plenarios del Concello de A Pobra de Trives que aprobó en su día la mayoría de ediles de PSOE y PP. Uno de los acuerdos retiraba la dedicación parcial que tenía el entonces alcalde, el independiente Francisco José Fernández, al Concello, y el otro cambiaba el régimen de los plenos ordinarios. En ambos casos, el alto tribunal desautoriza a la entonces oposición para adoptar dichos acuerdos
 
 
 
 
15 de MARZO de 2011: OURENSE DIXITAL

Tres años y tres meses después de adoptados los acuerdos plenarios, la Sección Segunda del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia invalida dos acuerdos plenarios del Concello de A Pobra de Trives adoptados el 29 de noviembre de 2007.
Siendo entonces alcalde el censurado el 20 de junio de 2008, el independiente de ATI Francisco José Fernández, los acuerdos plenarios fueron adoptados por la mayoría que suponían los luego concelleiros tránsfugas del PSOE y los cuatro del PP.

Los acuerdos plenarios revocaban la procedencia de las sesiones plenarias fijadas por el entonces alcalde, estipuladas al inicio de legislatura en un pleno cada dos meses a celebrar el último miércoles de cada mes natural impar a las diez de la mañana, o el siguiente miércoles hábil a la misma hora si el primero cuadrara en fecha inhábil.
El alto tribunal establece que con la adopción de este acuerdo socialistas y nacionalistas “invadieron” competencias “exclusivas” del alcalde, por entonces el independiente Francisco José Fernández.

El otro acuerdo retiraba la dedicación parcial al Concello de Trives del entonces regidor municipal de ATI. Entonces, los socialistas, proponentes de la medida, señalaban que habían constatado que el alcalde, Francisco José Fernández, no dedicaba las 12 horas establecidas al Concello los lunes, miércoles y viernes de cada semana.
Ahora, pese a que en su día los concelleiros del PSOE y PP adoptaron el acuerdo señalando que “se tiene constatado el sistemático incumplimiento del alcalde”, el TSXG establece que “no se acompañó motivación bastante, ni acervo probatorio alguno respecto al incumplimiento del régimen de dedicación horaria otrora establecido por aquella Autoridad municipal”.
Por lo que el acuerdo queda igualmente anulado.

A tenor de la sentencia, la Agrupación Trivesa Independiente recalca ahora que “el alcalde cumplió con la dedicación exclusiva que tenía encomendada”, y denuncia que “la presentación y aprobación de las mociones por parte del Partido Popular y el Partido Socialista, con el informe favorable de la Sra. Secretaria-Interventora, obedeció a un ánimo estrictamente persecutorio, vengativo y malicioso por parte de todos ellos y no a razones de interés general”, como ATI dice que prueba la sentencia que acaba de emitir el Contencioso Administrativo del TSXG.

 

 


Para qué sirve una sentencia que llega no sólo 3 años y 3 meses tarde, sino a menos de 3 meses de que se acabe la legislatura. Para poco que no sea para constatar plenamente que A Pobra de Trives ha sido el Concello de los de esta provincia que más estúpidamente ha dilapidado 4 años de una legislatura, y que mejor ha mostrado como se puede prostituir una moción de censura.
A partir de ahí, a lo mejor sería cuestión de que los triveses pidieran la extradición (política como mínimo, pero incluso también física) de los 6 personajes, 4 del PP y 2 del PSOE, que han sido capaces de representar tamaño esperpento. Del Río Merencio, un recién llegado a la política de la mano del PSOE, y Luís Álvarez, un veterano alcalde del PP que no aprendió nunca que no se puede hurtar una alcaldía pactando con el diablo si es preciso, deberían ser los primeros en desaparecer de la política sin que los tengan que echar a patadas.
Aún están a tiempo.
 
 
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  Francisco José Fernández, ex alcalde de Trives (ATI)  
     
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