Los tribunales de las oposiciones del Concello de Ourense los formarán sólo técnicos, ni políticos ni sindicalistas
 
Ni políticos ni sindicalistas, sólo habrá técnicos, cinco, en los tribunales de selección del personal del Concello de Ourense. Lo aprobó este miércoles la mesa de negociación, con la negativa de USO (Valcárce Baiget) que sigue reclamando la presencia sindical en los tribunales. Con estos parámetros se valorarán las aptitudes de los aspirantes a 9 plazas de bombero conductor, también convocadas este miércoles. El proceso sigue al ya iniciado recientemente con las de la Policía Local
 
 
 
 
24 de FEBRERO de 2011: OURENSE DIXITAL

El Concello de Ourense aprobó este miércoles en la mesa de negociación con las centrales sindicales, las bases específicas que regirán la convocatoria de 9 plazas de bombero conductor que reforzarán el Servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Ourense.
Las bases salieron adelante con los votos de todas las organizaciones sindicales en el Concello de Ourense, a excepción de la CSIF que votó en contra recordando que tiene impugnada la totalidad de la OPE, Oferta Pública de Empleo, del Concello.
Se trata de la OPE de 2010, y representa una de las últimas oportunidades de acceder a las plantillas del Concello ya que la oferta ha quedado congelada este 2011.

Las bases pretenden primar el perfil de cualficación técnica de los bomberos, por lo que la primera prueba, de carácter eliminatorio, será un test de conocimiento en vez de las pruebas físicas que hasta ahora abrían siempre este tipo de concursos. Las pruebas físicas se mantienen aunque modificando el tipo de ejercicios que deberán realizar los candidatos, que pasan a ser “otros más operativos y que priman la seguridad de los participantes”, señala el Concello de Ourense.
Así las pruebas como las de carrera de velocidad con carga de 30 kilos, en las que era preciso correr 200 metros en 36 segundos, se sustituye por una prueba de subida a la torre de maniobras del propio Parque.
Los participantes realizarán un test eliminatorio de conocimientos, pruebas físicas que también serán eliminatorias, y prueba de conocimiento de idioma del gallego, valorado en 2 puntos. En este caso, los candidatos que tengan el certificado CELGA 4 no tendrán que presentarse al examen, ya que obtendrán 1 punto, pero tendrán la oportunidad de presentarse y obtener incluso un total de 2 puntos se superan el ejercicio.
Otra prueba será la realización de prácticas como autoescaleira o conducción y aparcamento, y un roteiro, una novedosa prueba teórica en la que los candidatos deberán proponer una ruta rápida y segura para atender un caso ficticio de emergencia en un determinado lugar de la ciudad.
Las pruebas se completan con un psicotécnico.

Tras la aprobación en Xunta de Goberno de este miércoles, las bases de la convocatoria se publicarán para iniciar el proceso de presentación de solicitudes para las posteriores pruebas de selección.

Sólo técnicos en los tribunales, ni políticos ni sindicalistas

La mesa de negociación también aprobó la adaptación de las Bases Generales de Ingreso al Concello, originales del año 2005 al establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), norma de superior rango que entró en vigor en 2007. 
Como resultado de esta adaptación, en las pruebas de selección de personal del Concello de Ourense los tribunales calificadores se ajustarán al definido por esta norma de rango superior, por lo que no contarán entre sus miembros con representantes de partidos políticos ni de sindicatos “con la finalidad de ajustarse la un perfil técnico en los miembros que evaluarán a los candidatos”, señala el Concello de Ourense.
Los tribunales estarán formados por 5 técnicos, cuya presencia en el tribunal será a título personal y no en representación de partido político o sindicato.

Curiosamente aquí votó a favor la CSIF, además de los sindicatos de clase, pero no la USO, que se opone a este sistema y que recordó que en los tribunales había habido siempre un representante de los sindicatos y un jefe de servicio.
El Concello recuerda que se basa en lo dispuesto por la EBEP, pero también por sentencia del Contencioso Administrativo de Ourense de 2008 que sienta jurisprudencia, que ya entonces desestimó un recurso sindical contra la composición de un tribunal en el que ya no estaba ningún representante de los sindicatos.
Mientras el sindicato lo demandaba, la sentencia falló que no cabía reclamar la presencia de representante sindical porque “la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie”.

 
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  Carmen Rodríguez, concelleira de Recursos Humanos  
     
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