El Contencioso ordena al alcalde de Calvos celebrar el pleno de la censura el 31 de este mes
 
El Contencioso Administrativo de Ourense emite un nuevo auto en el caso del pleno de la moción de censura de Calvos de Randín: hay que celebrarlo el 31 de este mes, enero. La pregunta es ¿lo logrará esta vez la justicia, o conseguirá Aquilino Valencia, alcalde, evitarla de nuevo? El alcalde de Calvos sobrepasa los dos años y medio gobernando con una moción de censura sin resolver
 
 
 
 
 
24 de ENERO de 2011: OURENSE DIXITAL

El último día de enero, 31, lunes. Es la fecha que le ha dado el número uno del Contencioso Administrativo de Ourense al alcalde de Calvos de Randín, el socialista Aquilino Valencia, para celebrar el pleno de la moción de censura todavía pendiente de celebrar esta Corporación Municipal.
Es así porque la sesión del 9 de junio de 2008, a la que no pudieran acudir los cinco concelleiros proponentes de la moción de censura, la invalidó esta Sala del Contencioso Adminstrativo el 23 de diciembre de aquel año, extremo además que ratificó un año después, el 17 de diciembre de 2009, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Desde entonces, el alcalde de Calvos de Randín sigue sin convocar la sesión plenaria extra en la que debatir y votar la moción de censura.

No es la primera vez que el Contencioso Administrativo insta al regidor municipal de Calvos de Randín a celebrar la sesión plenaria. Sólo que ahora el juzgado le pone fecha, la del 31 de enero. Para el Contencioso Administrativo se trata de la celebración de la sesión plenaria, ya que esta Sala entiende que la sesión del 9 de junio no existió.
El auto del Contencioso Administrativo transmitido a las partes lleva fecha de 19 de este mes de enero, y pese a lo taxativo que resulta, no provoca entre los proponentes de la moción de censura ilusión precisamente por la celebración del pleno.
Lo que se debe a dos cosas, fundamentalmente: por una lado, la escasa vida que le queda a esta legislatura y el hecho de que hayan pasado dos años y siete meses desde el amago de pleno de junio de 2008; por otro, el hecho de que no sea la primera vez que el alcalde, Aquilino Valencia, acaba evitando las disposiciones judiciales por muy taxativas y contundentes que puedan parecer, lo que ya le ocurrió al Contencioso Administrativo.

 
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