Al día siguiente de paralizar el horno de fusión de la factoría de Vidriera del Atlántico en Xinzo de Limia, la dirección de la empresa planteó en el Juzgado de lo Mercantil de Ourense un ERE, Expediente de Regulación de Empleo, para la totalidad de los 130 trabajadores de la plantilla de la factoría.
“Polo menos o escrito leva firma do día 29 de decembro”, señaló este lunes el responsable de la CIG, Anxo García Torre, al aclarar por qué 75 trabajadores decidieron el pasado 10 de junio solicitar la rescisión de sus contratos al Juzgado número 3 de lo Social de Ourense.
La Dirección de la vidriera de Xinzo planteó el ERE nada más ordenar apagar el horno, hecho que para la CIG suponía la “liquidación antecipada da fábrica”. Sin embargo, cuando García Torres hizo esta valoración ni la CIG ni el Comité de Empresa de los trabajadores tenían conocimiento de la exisencia de la solicitud del ERE, aunque el dirigente sindical admitió este lunes que “o sospeitábamos”.
La presentación de la solicitud de “rescisión de contrato” de los 75 trabajadores, la gran mayoría de los operarios de la fábrica, se produjo el 14 de enero, una vez que sí existió constancia del Expediente de Regulación de Empleo presentado por el grupo portugués BA Vidro.
El representante de la CIG en la factoría de Xinzo, García Torres, matizó que “é unha postura forzada polo Grupo BA e decir, algo ao que se viron abocados os traballadores con este ERE”.
Por una parte, explicó el sindicalista, se trata de derivar a los juzgados de lo social un asunto laboral que la direccion de Vidriera del Atlántico intenta solventar, única y exclusivamente, en el Juzgado de lo Mercantil; por otra, “se sustancia nunha diferencia considerable para os intereses dos traballadores”, ya que el ERE abarataría los costes de despido de la totalida de la plantilla y “os traballadores sairían moi perxudicados”, señaló García Torres.
El sindicalista sostiene que el ERE, presentado de una forma “irregular e nula”, es, además, “ilegal”, ya que se presentó “en período extraordinario, sin base suficente nin estar debidamente baseado”.
Para el sindicalista, el hecho de que el Juzgado número 3 de lo Social de Ourense se haya declarado competente para afrontar la solicitud de la rescisión de los contratos es “clave”.
Ante este juzgado y por la vía de lo estrictamente laboral, los trabajadores creen contar con dos piezas muy importantes a su favor: sendos informes de Inspección de Traballo que califica de “infracción grave” el apagado del horno de fusión del día 28 de diciemgre, por la “falta de ocupación efectiva” que generó la medida, y el hecho de que se hiciera unilateralmente.
Es decir, la propia empresa abocó a los trabajadores a estar de brazos cruzados en la factoría elimando producción y carga de trabajo, en base a lo que ahora son los trabajadores los que plantean que la autoridad judicial extinga su relación contractual con la empresa.
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