Farmacéutica Yebra despidió al trabajador Ricardo Cid Villa sin motivos reales. Lo expuesto en la carta en la que se le comunicaba tal era falso. La empresa no pudo probar en la vista los hechos. Además, en el juicio quedó claro que el motivo real del despido fue el haber declarado el trabajador a favor de un compañero por otro juidico anterior también por el despido de aquel. Así lo establece la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense, que dispone que el despido de Ricardo Cid por Farmacéutica Yebra es “nulo”, y condena a la empresa “a que lo readmita inmediatamente en su puesto de trabajo”
 
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Farmacéutica Yebra tendrá que readmitir a un trabajador despedido por motivos falsos
5 de AGOSTO de 2009: OURENSE DIXITAL
   

El Juzgado de lo Social número 1 de Ourense ha declarado “nulo” el despido del trabajador Ricardo Cid Villa por la empresa Farmacéutica Yebra, según informa el sindicato Comisiones Obreras. El juez entiende en su sentencia que al trabajador se le vulneraron por parte de la empresa “derechos fundamentales”, además de quedar claro en el transcurso de la vista que “a empresa despediu ao traballador por declarar a favor doutro despedido nun xuizo anterior”.
La autoridad judicial considera, además, que lo expresado por la empresa en la carta de despido de Ricardo Cid era “todo falso”, y que la empresa no pudo en el juicio probar lo argumentado en su momento en la carta de despido.
El juez Blanco Mosquera ordena a la empresa “que lo readmita inmediatamente en su puesto de trabajo, y le abone los salarios dejados de percibir”.

Ante esta sentencia, Comisiones Obreras advierta a Farmaceútica Yebra que “non pode gañar xuizo algún porque minten como respiran”, y considera este fallo como probatorio de todo lo que la central sindical ha venido denunciando con reiteradas movilizaciones llevadas a cabo en la capital ourensana.
La organización sindical vuelve a insistir en el comportamiento puntual de la responsable de la empresa, a la que llama “jefita de Yebra”, y a la que advierte de que “os dereitos dos traballadores non poden ser pisoteados nin vilipendiados como ela pretende”.

La sentencia que ahora declara “nulo” el despido de Ricardo Cid Villa, recuerda mucho a la de Serafín Silva López, despedido por Aquagest el 8 de abril del pasado año, sin que la empresa tampoco aquí pudiera probar las imputaciones que hacía al trabajador en la carta de despido ni las que consideraba “pruebas” suficientes para despedir al trabajador.

 
 
 
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