Un informe de una técnico municipal aporta al Concello la que, a buen seguro, será la línea de trabajo en adelante en relación al caso: declarar nulo el acuerdo entre empresa y teniente de alcalde Sánchez Vidal. La técnico en su informe argumenta que hay base legal para ello, y aporta varios frentes en los que trabajar. Sin embargo, el hecho de la existencia de este informe y que haya sido llevado a Xunta Local de Goberno del pasado día 7, implica una contradición para el Partido Popular. Gómez Villar recordó que el pasado 4 de noviembre el alcalde había negado “a existencia de contrato ou convenio algún co Concello”. Ahora se pregunta el edil popular “¿como é posible que se pretenda anular o que non existe?”.
 
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Fotografía : JOSÉ CERDEIRA 
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El Partido Popular compareció este lunes ante los medios de comunicación para dar cuenta de haber trasladado a la Fiscalía de la Audiencia un informe de 30 de abril que se añade ahora a la documentación que en su momento pusieron los populares en manos del Fiscal.
Se trata de un informe firmado por la técnica municipal Ana Díaz Pérez, en el que se establece que “procedería, a mi juicio, la incoación de un expediente de nulidad del contrato de 4 de febrero de 2008, para, una vez recabada toda la información y realizados todos los trámites..., realizar una propuesta que sea asumida por el órgano competente y remitir el expediente al Consello Consultivo de Galicia”.

La existencia de tal informe cuestiona por sí sólo actuaciones previas del regidor municipal, destacó el popular Aurelio Gómez Villar.
Gómez Villar se refirió al hecho de que, a un pregunta formulada por el Partido Popular, el alcalde respondió el 4 de noviembre “negando rotundamente a existencia de contrato ou convenio algún co Concello”. Sin embargo, siguió refiriendo Gómez Villar, “o día sete acordouse iniciar os trámites para anular o contrato”. A lo que el edil popular se preguntó “¿como é posible que se pretenda anular o que non existe?”.
Según Gómez Villar, “esta é outra mostra de que desde o Concello de Ourense se nos minte e se nos oculta información cando a pedimos”.

Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal del PP, Enrique Novoa, pidió públicamente al alcalde de la ciudad, Francisco Rodríguez, “que exerza como alcalde, queremos que esixa responsabilidades porque esto pode costarlle ao Concello de Ourense e aos cidadáns a metade do presupuesto dun ano”.
Mientras Enrique Novoa se refirió al caso de los Paneles Informativos como “o asunto máis turbio do bipartito nestes dous anos que van transcurridos de lexislatura”, Gómez Villar amplió el período al afirmar que “nos 25 anos que van de democracia, este é o capítulo máis turbio deste Concello”.

El Concello de Ourense trabajará en la línea de declarar nulo el acuerdo

El informe elaborado por la Jefa de Sección de la Concellería de Comercio, Turismo e Industria que dirige la nacionalista Ana Garza, concluye la conveniencia de nombrar juez instructor y secretario para tramitar el “expediente de revisión de oficio do contrato” suscrito el 4 de febrero por Afiador Produccións, S.L., y el entonces teniente de alcalde, Alex Sánchez Vidal.

Entre los fundamentos que la técnico esgrime para llegar a la conclusión de la necesidad de declarar nulo dicho acuerdo, señala que “no contan en el expediente los pliegos de condiciones económico-administrativas correspondeintes”, ni que tampoco hay aprobación del expediente del órgano de contratación competente.
Refiere la técnico que “se echan en falta” también los informes relativos a la viabilidad de la instalación de las pantallas desde un punto de vista urbanístico, informe económico sobre el coste de las inversiones a realizar, entre otros, y entre los que se incluye, por ejemplo, el de la administración competente en materia de telecomunicaciones.

Así mismo, señala la técnico municipal que “del órgano que suscribió el contrato en representación del Ayuntamiento (Teniente de Alcalde), habría que valorar la posible falta de competencia para ello. Extremo que supedita a “analizar el contenido” del correspondiente Decreto de la Alcaldía que delega tales atribuciones.

 
 
 
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