Toda cuanta oposición celebró el Concello de Ourense desde el pasado 20 de diciembre de 2007 sin que los representantes sindicales formaran parte de los tribunales evaluadores, es completamente válida. Así lo establece la titular del Juzgado del Contencioso-Administrativo número 2 de los de Ourense, en sentencia emitida a raiz de las acciones promovidas en sentido contrario por la central CSIF.
En el fallo judicial, establece la autoridad laboral que, independientemente de la validación que al proceder del Concello otorga Ley y jurisprudencia existente al respecto, nadie ha impugnado el acuerdo adoptado en dicha fecha por la Xunta de Goberno Local. Con lo cual el acuerdo se ha convertido en firme, "vigente y aplicable".
Mientras la CSIF discute el sistema que prescinde de la presencia sindical en dichos tribunales al tiempo que eleva de tres a cinco los integrantes de los mismos, el departamento de Rodríguez Penín insiste en que se trata de un sistema tendente a "producir resoluciones eminentemente técnicas y justas". Por eso desde el Gobierno de Francisco Rodríguez, alcalde, se defiende que los tribunales que juzgan a los opositores "estén constituídos por técnicos realmente cualificados para hacerlo".
Rodríguez Penín aclaró, no obstante, que "eles iban por tema dos Laborales, xa que no caso dos Funcionarios a nova normativa non lles daba opción, e aínda así danos a razón ao Concello, como agardábamos porque non facemos outra cousa que aplicar a Ley".
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