El TSXG alude a "la torcida situación municipal" del Concello de Xinzo al anular la RPT y sus bases de contratación
 
Una nueva sentencia, ahora del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, echa abajo las bases de contratación y la Relación de Puestos de Trabajo del Concello de Xinzo de Limia. El fallo del alto tribunal llega a considerar para esto las "profusas e ilegales contrataciones" que se han venido produciendo en este Concello, y que la situación que denuncia y contra la que reclama la CIG se produce "en clara infracción de las medidas de reducción del déficit público legalmente establecidas, para corregir la torcida situación municipal en este punto"
 
 
 
 
 
 
1 de JULIO de 2014: LIMIA DIXITAL

La Sección Primera del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dejado por sentencia sin efecto las normas reguladoras de los derechos y obligaciones del personal municipal del Concello de Xinzo de Limia, al estimar parcialmente un recurso presentado por la Confederación Intersindical Galega contra resolución del número 2 del Contencioso-Administrativo de Ourense.
El fallo del alto tribunal gallego no recoge la pretensión de la CIG de ser indemnizado el sindicato con 10.000 euros por daños y perjuicios causados al mismo, extremo que el TSXG considera no acreditado.

Sí, en cambio, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia recoge la vulneración de la libertad sindical a la que alude la CIG para anular dichas normas, y de la que admite el TSXG que el sindicato fue privado durante el proceso de la negociación colectiva.
En el fallo, el alto tribunal hace constar "la extensa trayectoria judicial a la que se vio y se está viendo sometido el Ayuntamiento de Xinzo de Limia a raíz de las profusas e ilegales contrataciones del personal laboral llevadas a cabo por su Alcalde-Presidente, por tiempo determinado pero sujetas a sucesivas renovaciones".
Una situación que pesaría en el fallo del alto tribunal gallego y a las que alude en los "Fundamentos de Derecho" de su pronunciamiento, igual que a que dichas reiteraciones se producen "en clara infracción de las medidas de reducción del déficit público legalmente establecidas, para corregir la torcida situación municipal en este punto", señala el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia.

No se le imponen al Concello de Xinzo las costas por estimarse sólo en parte el recurso de la CIG, y aún cabe recurso en casación contra este pronunciamiento que, aunque dado a conocer este lunes, lleva fecha de 25 de junio pasado.

 
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