El TSXG deniega a Misturas los 1,4 millones que pedía por efectos de la caida del PXOM en un solar en el que no obró  
 
 
Claro ejemplo de intento de pelotazo de los de sin mover un dedo, el de los 1,4 millones de euros que pedía al Concello una empresa ourensana por los efectos causados en un solar de su propiedad por la caída del Plan de Urbanismo de 2003. Ahora el TSXG le deniega la reclamación y establece que tuvo 8 años para obrar y que no lo hizo, incumpliendo, incluso, su deber de edificar  
 
 
 
 
 
2 de JULIO de 2015: OURENSE DIXITAL de 2015

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha dictado sentencia desestimatoria del recurso en su momento interpuesto por la empresa Misturas, Obras e Proxectos, S.A., por el reclamaba al Concello de Ourense una indemnización de casi 1,4 millones de euros por los supuestos daños causados a dicha empresa por la anulación del Plan de Urbanismo de 2003.
Se trata de la empresa que había adquirido a la Sociedad Estatal de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios, SIEPSA, el edificio de la antigua cárcel de la calle Progreso, subrogando el convenio que esta entidad firmara con el Concello en el año 2001 en el que el Concello a través de permuta pasaba a ser el titular de la cárcel.

En los años que desde entonces transcurrieron, la empresa Misturas nunca llegó a ejecutar los derechos de edificación sobre la finca incluida en la permuta en la calle Silvio Fernández Rodríguez, según lo previsto en el Plan de Urbanismo de 2003 que luego se anuló. Anulado el Plan, la empresa ha perdido aquellos derechos, por lo que ahora Misturas, Obras e Proxectos, S.A., reclamaba al Concello 1.382.493 euros.

No lo vieron así en primera instancia los juzgados de la capital ourensana y ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que confirma que no hay motivos para tal reclamación.
La sentencia del TSXG pone de manifiesto la "total inactividad" de quienes adquirieron la finca durante 8 años incumpliendo, incluso, su deber de edificar, por lo que estima que debe considerarse que "o convenio urbanístico de 2001 xa tería consumado totalmente os seus efectos", y deniega la indemnización que Misturas solicitaba.

Desestimado el uso privado de las fuentes de As Burgas que reclamaba un particular

Por otra parte, el alto tribunal gallego ha desestimado la pretensión de un particular que reclamaba el aprovechamiento de las aguas de As Burgas. En sentencia firme, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestima el recurso contencioso-administrativo de este particular con la denegación de dicho uso privado de las aguas, no reconociéndole la validez de un documento que le otorgaba la explotación de las aguas.

El alto tribunal preserva así la titularidad pública de los terrenos en los que se encuentran dichas aguas, extremo concreto sobre el que actuaba la parte demandante, y hace referencia a una vinculación "inmemorial" de las fuentes a su uso público por los vecinos de Ourense y los visitantes, así como que tanto As Burgas como su entorno están calificado de lugar histórico y Bien de Interés Cultural.

 
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