Condenado a 8 años de prisión un vecino de Lobios que violó en 2010 a una mujer británica
 
A 8 años de cárcel ha condenado la Audiencia de Ourense a un vecino de Lobios de 52 años que en julio de 2010 violó a una ciudadana británica de 37 afincada en este concello. La Audiencia establece la comisión de agresión sexual y fija para la mujer una indemnización de 30.000 euros. Contra la sentencia cabe recurso de casación en el plazo de 5 días
 
 
 
 
 
23 de DICIEMBRE de 2014: OURENSE DIXITAL

La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un vecino de Lobios, de 52 años, a 8 años de prisión como autor de un delito de agresión sexual a una mujer de 37, a la que también causó lesiones físicas.
La Audiencia halla culpable al denunciado de los hechos que se produjeron la madrugada del 18 de julio de 2010, cuando ambos, agresor y agredida, regresaban a Lobios desde la localidad portuguesa de O Lindoso, donde ambos habían estado bailando y consumiendo alcohol.

Los hechos denunciados fueron, entre otros, la consumación de un delito de agresión sexual en una mujer de 37 años, residente temporal en España, con la que el agresor mantenía "buena relación personal", establece la sentencia. Lo que permitió que ambos pasaran aquella noche juntos hasta que, al regreso de la mencionada localidad de O Lindoso, se consumó la agresión sexual.
Ahora, el Tribunal de la Sección 2 de la Audiencia considera probada la existencia de tal delito de agresión sexual por parte de Antonio A.G., al que condena a 8 años de prisión (la acusación pedía 9) con inhabilitación durante este período para el ejercicio del sufragio pasivo, así como a 45 días de multa a razón de 7 euros/día por una falta de lesiones.

Además, el agresor deberá indemnizar a la mujer con 30.000 euros en concepto de daños y perjuicios derivados del daño moral y las lesiones que le causó a la víctima, y abonar los 331 euros al Sergas en que fueron valorados las asistencias sanitarias que fue preciso dispensar a la mujer.
Cabe el recurso de casación ante esta misma Sala en un plazo de 5 días, a partir del cual, de no presentarse dicho recurso, la sentencia será firme.

 
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