Las Xornadas de Termalismo de Ourense alertan de la falta de regulación a nivel estatal del turismo de salud
 
Técnicos y profesionales participantes en las Xornadas Profesionais de Termalismo que se celebraron en Ourense, concluyeron categóricamente en que mal vamos en materia termal sin una regulación "actualizada y armonizada" a nivel estatal en materia de turismo de salud. Baste como ejemplo: a día de hoy, sólo una cuarta parte de las Comunidades Autónomas de todo el Estado tienen regulado este producto en el ámbito turístico, sanitario o minero.
 
 
 
 
 
11 de JUNIO de 2012: OURENSE DIXITAL

La falta de una regulación "actualizada y armonizada" a nivel estatal en el ámbito del turismo de salud, es una de las principales carencias que actualmente existente en materia de termalismo en España, según concluyeron los expertos que participaron en la Mesa de Trabajo sobre Regulación del Turismo de Salud en España desde la perspectiva de su promoción internacional. Sería, también, la principal conclusión que los técnicos extrajeron de su participación en esta Mesa.

A día de hoy, apenas una cuarta parte de las Comunidades Autónomas de todo el Estado han regulado este producto desde el ámbito turístico, sanitario o minero, y la normativa vigente mantiene diferentes criterios, muchas veces contradictorios entre sí,  lo que dificulta el desarrollo del sector de una forma coherente así como su promoción internacional, señalan los profesionales participantes en este foro.

En este sentido, se constató la necesidad de adecuar la legislación vigente a los nuevos productos de turismo de salud, como se ha realizado en otros países europeos, con el fin de reconocer a los centros de talasoterapia, los centros termolúdicos, las termas naturales al aire libre y los spas y centros wellness, utilizando cada uno de ellos diferentes tipos de aguas, que requieren, por ejemplo, controles higiénico-sanitarios adaptados a los diferentes tipos de aguas que utilizan las diferentes tipologías de centros de turismo de salud.

También se valoró la posición de la doctrina jurídica mayoritaria, que reconoce el desfase de la regulación jurídica actual, que se remonta a la legislación minera de 1973 e incluso a normativa sobre balnearios de 1928 parcialmente vigente todavía, y las lagunas de la regulación actual, a caballo entre la legislación de aguas y de minas, lo que genera "inseguridad y una conflictividad jurídica innecesaria para el desarrollo del sector", concluyó la Mesa a esta respecto.

 
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Por MANUEL DOPAZO