Concello de Toén, Deputación y el propio Gobierno español limitan el uso del suelo del Psiquiátrico al "médico asistencial"
 
Ni el Concello de Toén, ni la Deputación de Ourense, ni el entonces Ministerio de la Gobernación del Gobierno español, contemplaron ningún otro uso para las 31 hectáreas cedidas para Leprosería primero y luego para Hospital Psiquiátrico que no fuera, a lo sumo, "cualquier otra atención de tipo médico asistencial". Así lo reflejan los acuerdos plenarios del Concello de Toén y de la Deputación de Ourense, y el escrito por el que el Gobierno facultaba al gobernador civil para firmar la escritura
 
 
 
 
Acuerdo plenario del Concello de Toén del 1 de abril de 1958
8 de AGOSTO de 2011: OURENSE DIXITAL

Igual que la escritura de 3 de mayo de 1958 ante el notario del Colegio de A Coruña, Emilio Torrado André, recoge que la finalidad de los terrenos del Monte Comunal "Alongos" de Toén donde se ubica el Hospital Psiquiátrico no pueden tener otro cometido sino este o "cualquier centro de tipo médico asistencial", también lo contemplan sendos acuerdos de las corporaciones local y provincial, así como un escrito del gobernador civil de la provincia en representación del Ministerio de la Gobernación del Gobierno español.
De hecho, los tres los incorpora el notario al documento que suscribieron alcalde, presidente de la Deputación y gobernador.

El Concello de Toén produjo un acuerdo plenario el uno de abril de aquel año, 1958, en el que se le otorgaba al alcalde potestad para variar la escritura de 1944 que establecía únicamente como uso la Leprosería del Noroeste de España, "en el sentido de que los terrenos donados puedan ser igualmente destinados a sanatorio psiquiátrico o a cualquier otra atención de tipo Médico asistencial".
El acuerdo establecía que la cesión se haría al gobernador como representante pro el Ministerio de la Gobernación.

El 22 de aquel mes de abril hacía lo propio la Deputación de Ourense. Un acuerdo de la Corporación Provincial facultaba a su presidente, José Rodríguez de Dios, para modificar las escrituras de 1944. Pero también se establecía claramente en el acta del acuerdo plenario que "la Diputación provincial no tiene inconveniente en que los terrenos donados para Leprosería sean destinados a Sanatorio Psiquiátrico o a cualquier otra atención de tipo médico asistencial".

Por último, también el Ministerio de la Gobernación parece contagiado de la claridad que rige los fines de la cesión de los terrenos. En su escrito que envía al gobernador de la provincia, José Luis Albert, para que lo aporte al notario Torrado André, el Ministerio también establece que "los terrenos donde se encuentra instalada la Leprosería de dicha localidad /.../ puedan ser destinados a Sanatorio Psiquiátrico o a cualquier otra atención de tipo médico asistencial".
Escrito que precedió a los acuerdos plenarios del Concello de Toén y de la Deputación de Ourense, ya que llevaba fecha de 20 de aquel año, 1958.

 
Acuerdo de la Deputación de Ourense de 22 de abril de 1958, en idéntido sentido al del Concello de Toén: "Sanatorio Psiquiátrico o a cualquier otra atención de tipo de médico asistencial"
 
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